Conciliación sin avenencia

La conciliación es una herramienta clave en la gestión de conflictos sin juicio, ya que permite a las partes intentar resolver una controversia de forma rápida, económica y menos confrontativa que un procedimiento judicial. Sin embargo, no siempre es posible alcanzar un acuerdo, y en esos casos el resultado del acto se recoge como conciliación sin avenencia, una expresión habitual pero no siempre bien comprendida. Para contextualizarlo con datos reales, según la Estadística de Mediación, Arbitraje y Conciliación del Ministerio de Trabajo, en 2024 se tramitaron en España más de 477.000 actos de conciliación laboral individual, de los cuales solo alrededor del 35 % finalizaron con avenencia, siendo los conflictos por despido los más frecuentes (en torno al 60 % del total). Esto confirma que la falta de acuerdo es una situación común y normal dentro del sistema.

¿Qué es la avenencia en un acto de conciliación?

La avenencia es el acuerdo alcanzado por las partes durante el acto de conciliación. Dicho acuerdo se plasma por escrito en el acta de conciliación, donde se recogen los compromisos asumidos, las cantidades pactadas, los plazos o cualquier otra condición relevante. 

En el ámbito laboral, este acta tiene un valor especialmente relevante, ya que lo acordado puede tener eficacia ejecutiva, evitando acudir a un juicio posterior y consolidando una solución eficaz de gestión de conflictos sin juicio.

¿Qué significa “sin avenencia”?

“Sin avenencia” significa que no hubo acuerdo en el acto: se intentó conciliar, pero las posiciones no convergieron. Ojo: en laboral conviene distinguirlo de “intentada sin efecto” (por ejemplo, cuando no comparece una de las partes estando citada). La Ley reguladora de la jurisdicción social prevé consecuencias para la incomparecencia y su reflejo en el acta/certificación.

¿En qué tipos de conciliación puede haber “sin avenencia”?

La falta de avenencia puede darse en distintos marcos, con matices sobre forma, efectos y utilidad probatoria. En todos, el acta (o el decreto/auto que pone fin) es clave para acreditar qué se intentó y cómo terminó.

Acto de conciliación laboral (SMAC)

Es la conciliación administrativa previa más conocida: se tramita ante el servicio de mediación/arbitraje/conciliación de la autoridad laboral (SMAC u organismos equivalentes). En las estadísticas oficiales se clasifican resultados como con avenencia, sin avenencia o intentadas sin efecto, entre otros.

Acto de conciliación civil

En civil existe la conciliación como expediente de jurisdicción voluntaria. Puede terminar sin acuerdo, y aun así deja un rastro formal muy útil (fechas, comparecencias, postura de las partes).

Acto de conciliación mercantil

En mercantil puede usarse la conciliación para controversias entre empresas (impagos, incumplimientos contractuales, conflictos societarios, etc.). Además, en los últimos años ha ganado peso la idea de acreditar un intento real de solución extrajudicial antes de litigar en determinados supuestos (según el marco aplicable).

¿Qué efectos tiene una conciliación sin avenencia?

Aunque “no haya acuerdo”, sí hay efectos jurídicos y estratégicos. Tres son los más importantes:

No impide el acceso a los tribunales

Que termine “sin avenencia” no cierra puertas: normalmente habilita el paso siguiente (demanda), y, en laboral, sirve para cumplir el trámite previo cuando sea exigible.

Interrumpe los plazos de prescripción del conflicto

En el orden social, la presentación de la solicitud de conciliación/mediación interrumpe la prescripción o suspende la caducidad en los términos del art. 65 LRJS, reiniciándose o reanudándose el cómputo según los casos.

En conciliación civil de jurisdicción voluntaria, la Ley 15/2015 establece expresamente que la admisión de la solicitud interrumpe la prescripción, y el plazo vuelve a computar cuando se pone fin al expediente.

Sirve como prueba de intento de resolución extrajudicial

El acta/decreto que declara “sin avenencia” acredita que sí hubo un intento formal. Esto puede ser útil para: reforzar la buena fe, justificar posiciones, sostener peticiones de costas en ciertos contextos (según el orden y el supuesto) y, cada vez más, cumplir requisitos procesales vinculados a intentos previos de solución extrajudicial cuando resulten exigibles.

¿Qué hacer después de una conciliación sin avenencia?

Tras un “sin avenencia”, lo profesional es pasar del “qué pena” al “qué hago ahora”: plazos, estrategia, prueba y negociación paralela.

Si eres trabajador en el ámbito laboral

  • Revisa plazos (especialmente si hay caducidad, como en despido). La conciliación afecta al cómputo, pero no es un “reset infinito”: hay reglas claras sobre suspensión/reanudación.
  • Ordena la prueba: contrato, nóminas, comunicaciones, cuadrantes, WhatsApps, carta de despido, testigos, etc. 3)
  • Define tu objetivo real: readmisión, indemnización, cantidades, reconocimiento de antigüedad…
  • Valora una negociación asistida (a veces el “sin avenencia” solo significa que faltaba información o que nadie hizo una propuesta viable).

Si eres parte en un conflicto civil o mercantil

  • Asegura la documentación del intento (acta/decreto/auto, citaciones, propuesta enviada, etc.)
  • Calcula prescripción con rigor: en jurisdicción voluntaria, la admisión puede interrumpirla y el cómputo se reanuda cuando finaliza el expediente.
  • Prepara demanda con enfoque probatorio: el juez no “premia” narrativas; premia hechos acreditables y cuantificaciones consistentes.
  • Mantén una vía de acuerdo abierta: en mercantil, un buen acuerdo temprano suele costar menos (en dinero y energía) que “ganar” tarde.

¿Se puede volver a intentar una conciliación tras la falta de avenencia?

Sí: se puede volver a intentar, y, de hecho, es bastante habitual cuando cambian tres cosas: (1) aparece prueba nueva, (2) se recalculan cantidades con precisión, o (3) entra asesoramiento profesional que convierte posturas en propuestas. La clave es no repetir el mismo acto: si vuelves, vuelve con números, escenarios (mínimo/objetivo/máximo) y una propuesta redactada. Y si finalmente terminas en tribunales, llegarás con el trabajo hecho: cronología limpia, pretensión bien fijada y un expediente que demuestra que intentaste resolver antes.